3 abogados denuncian penalmente a Claudia López por constreñimiento a sufragante

Un denuncia fue hecha pública en las últimas horas, contra la fórmula vicepresidencial del candidato Sergio Fajardo, y actual Senadora de la República, Claudia López, tras invitar a “embolatar” las cédulas de las tías uribistas, lo que configuraría constrenimiento a Sufragante del articulo 395 del código penal.

La denuncia fue radicada ante la Corte Suprema por parte de Luis Ernesto Correa Pinto, en el que señala textualmente:

Un denuncia fue hecha pública en las últimas horas, contra la fórmula vicepresidencial del candidato Sergio Fajardo, y actual Senadora de la República, Claudia López, tras invitar a “embolatar” las cédulas de las tías uribistas, lo que configuraría constrenimiento a Sufragante del articulo 395 del código penal.

La denuncia fue radicada ante la Corte Suprema por parte de Luis Ernesto Correa Pinto, en el que señala textualmente:

En ejercicio del deber que tengo de denunciar los delitos de que tengo conocimiento, concurro ante Ud., para denunciar a la Senadora CLAUDIA LÓPEZ, por los punibles de Apología del Delito o Instigación a Delinquir de que trata el artículo 348 en concurso con el punible de Hostigamiento por motivos de raza, religión, ideología política, u origen nacional étnico o cultural…”.

Asi mismo expresa el siguiente argumentos:

“El artículo 4 de la Ley 1482 de 2011 con los agravantes de haberse hecho por la servidora publica aquí comentada, contra personas de la tercera edad y a través de medios masivos de comunicación, de conformidad con lo reglado en los numerales 2,3 y 5 del artículo 5º de la misma ley…”.

Por su parte, los abogados Diego Edison Tuzo Garcia y Wilson Alberto Nuñez Torres, presentaron igualmente ante la Corte Suprema de Justicia una denuncia por “El delito de investigación a delinquir en contra de la Senadora Clauida Nayibe López Hernandez”.

Los ciudadanos señalan que:

“Las incitadoras afirmaciones de la senadora CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNANDEZ, en esta red social considerada un medio masivo, claramente están invitando de manera directa a la comisión de la conducta penal descrita en el articulo 395 del código penal colombiano que señala 'Ocultamiento, retención y posesión ilícita de la cédula”.

Instamos a Colombia, como actor relevante en la comunidad internacional, a apoyar la inclusión de Taiwán en las organizaciones internacionales. En un mundo marcado por la inestabilidad geopolítica la exclusión de Taiwán de los organismos internacionales es no solo una injusticia: es un riesgo para la seguridad, la economía y la salud global.

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